La falta de continuidad administrativa: Una forma de corrupción que siempre queda impune

Reflexiones....

Durante años muchos hemos tenido la preocupación, en relación a que la falta de continuidad administrativa no sea vista o no sea identificada como un acto de corrupción que constituye delito por la población en general; y a veces ni siquiera por los órganos de control regional y local, como el Consejo Legislativo Regional y las Cámaras municipales. Y no quisiera creer que exista la misma actitud en el funcionariado de la Contraloría General de la República (CGR) a nivel de los estados. Con esto no hacemos referencia solo a que alguien se apropie o dilapide parcial o totalmente los recursos de alguna obra pública, nacional o regional.

También estamos hablando de quien no continuará hasta culminar, una obra de una gestión anterior, por individualismo, por falta de amor al prójimo, y hasta por personalismos que jamás permiten ‘’ver ojos bonitos en cara ajena’’… En fin, por tantas mezquindades que a veces albergamos los seres humanos, que nos impiden comprender que ‘’los funcionarios somos pasajeros, transitorios, que lo único permanente son las instituciones y la población a la que se le sirve’’. Cualquiera que sea la razón que tenga un funcionario público para no continuar una obra, la ley debe encargarse de recordarle que con esa conducta causa un daño patrimonial y que será sancionado por éso. Es hora de poner orden en el país, el cual no le pertenece a un grupo sino que nos pertenece a todos, quienes nacimos o llegamos a vivir a esta tierra de gente noble que se llama Venezuela.

DEMOS UNA MIRADA AL MARCO LEGAL

Si comenzamos por la ley madre, encontramos que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) no se refiere expresamente al término ‘’continuidad administrativa’’; sin embargo, lo sugiere en su artículo 141: ‘’La Administración Pública está al servicio de los ciudadanos y ciudadanas y se fundamenta en los principios de honestidad, participación, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad en el ejercicio de la función pública, con sometimiento pleno a la ley y el derecho’’. Así, los principios de eficacia y eficiencia, han sido considerados e interpretados por la doctrina y jurisprudencia, como base para la obligación de continuar obras y proyectos públicos sin interrupciones arbitrarias.

La Ley de Contrataciones Públicas señala lo siguiente en su artículo 109: ‘’La administración contratante garantizará la continuidad de la ejecución de los contratos de obras, bienes y servicios, mediante la programación de los recursos presupuestarios necesarios para su cumplimiento, en los ejercicios fiscales correspondientes, hasta la total culminación de los mismos’’. Así mismo, la Jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia (Sala Político￾Administrativa) Sentencia N° 00803 del 13 de julio de 2006: ‘’El principio de continuidad administrativa impide que un cambio de autoridades paralice el cumplimiento de las funciones esenciales del Estado y de los compromisos adquiridos por ëste’’. El TSJ refuerza que los compromisos contractuales, incluidos los de obras públicas, deben cumplirse, sin que el cambio de funcionarios o de gobierno sirva como excusa para detenerlos.

Por su parte, la Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular (Gaceta Oficial N° 6154 extraordinario del 19-11-2014) al menos menciona el término continuidad en su artículo 11: ‘’La planificación se orientará a fortalecer los mecanismos institucionales que garanticen la continuidad, sostenibilidad y articulación de los planes, programas y proyectos del desarrollo nacional, regional y local, así como a promover la participación protagónica del pueblo organizado en la formulación ejecución, seguimiento, evaluación y control de la gestión pública’’.

La ley contra la corrupción de Venezuela (reformada y publicada en Gaceta oficial 6.699 del 02 de mayo de 2022) establece que ‘’la paralización o la no continuación de obras públicas iniciadas por una administración anterior, cuando ésto genera un daño al patrimonio público (despilfarro, deterioro, sobre costos) está sancionada principalmente por la Ley contra la corrupción. La no continuación de obras, a menudo se asocia con el delito de ‘’malversación genérica o específica’’, que es el uso de fondos para fines distintos a los establecidos originalmente (desviación de fondos).

La inacción, negligencia o decisión deliberada de abandonar una obra iniciada puede acarrear severas responsabilidades penales, administrativas y civiles. La paralización injustificada de una obra puede encuadrarse en delitos como malversación de fondos o abuso de poder.

Según la Contraloría General de la República, el Control Fiscal en Venezuela busca asegurar el uso correcto de los recursos. Por eso, la paralización de obras es considerada un síntoma de corrupción, a lo que se denomina desidia o corrupción administrativa, especialmente cuando se asignan obras en lugar de concluir las anteriores.

¿Cuál es el problema?

Mal ejemplo de las autoridades y baja formación ciudadana.

El problema de Venezuela no son las leyes, sino los hombres y mujeres que dirigen los Poderes Públicos, y que cuando se juramentan juran cumplirlas y hacerlas cumplir. El otro problema de Venezuela es el bajo nivel de formación ciudadana y política (no partidista) de un alto porcentaje de la población, lo cual no le permite participar a tiempo en el cumplimiento de su deber, como es exigir el acatamiento de las leyes.

Más amor a los partidos que a la Patria

Otro problema que deberíamos revisar sin fanatismo ni apasionamiento es el hecho que muchos venezolanos amamos más a los partidos que a la Patria. En consecuencia, llevamos tan al extremo la ideologización, que llegamos a perder todo tipo de objetividad. Por lo tanto, somos incapaces de reconocer en nuestros partidarios o partidos, los vicios que con mucha facilidad vemos, y con razón reclamamos a los adversarios. Así, seguimos siendo, tanto los que se dicen de izquierda como los que se ubican en la derecha, la perfecta sociedad de cómplices que tanto criticamos de un lado y de otro. Nos toca aprender de Isaías 5:20: ¡Ay de los que a lo malo llaman bueno, y a lo bueno malo; que hacen de la luz tinieblas, y de las tinieblas luz: que ponen lo amargo por dulce, y lo dulce por amargo… Ay de los que justifican al malvado por cohecho, y al justo quitan su derecho.

Violar la Constitución y las leyes por parte de quienes deben cumplirlas y hacerlas cumplir, conduce a la población a querer violar todo tipo de normas, lo cual nos lleva a la anarquía presente que nos mantiene rezagados como sociedad. Sin embargo, la alta jerarquía del funcionariado no tiene autoridad moral para lograr el orden del país, porque sólo con el ejemplo se enseña. Pareciera que en Venezuela se cumple aquella conseja que algunos le atribuyen origen español: si roban los de arriba, robemos los de abajo.

No sigamos esperando al Mesías

Los dichos encierran verdades, y por eso suelo utilizarlos con mucha frecuencia. Aprendí de los llaneros que ‘’detrás del baqueano nadie se pierde’’. Sin embargo, eso no significa, que debido a nuestra extrema confianza en el baqueano, vamos a caminar con los ojos cerrados, y además, con la nariz y los oídos taponados. Los seres humanos podemos equivocarnos, y de hecho nos equivocamos. Así que cuando se trata de gobernar, cuanto más sentidos estén alertas, mayor será la posibilidad de detectar y corregir errores a tiempo. He ahí la importancia de la crítica y la autocrítica.

Por eso, todo aquel que gobierna un país tiene que someterse a la dictadura de una Constitución y a las leyes que de ella se desprenden. No se puede olvidar que hay muchas tentaciones en el camino, por lo que además de la férrea voluntad y de la honestidad de quien encabece el Poder Ejecutivo, se necesita la contención y el equilibrio de los otros 4 Poderes, que bajo ninguna circunstancias pueden estar subyugados al primero. También es de suma utilidad, la vigilancia de la Contraloría de una sociedad, que desde la Escuela Primaria y por los medios de Comunicación, debe ser educada para vivir en democracia, para lo cual requiere ser participativa y protagónica.

No podemos esperar que el país cambie confiando a ciegas en una figura salvadora, mientras la población, por comodidad y para no complicarse la vida, cierra todos sus sentidos (se despreocupa) porque confía ciegamente en la conducción del Mesías.

Conclusión

No nos cansaremos de repasar las lecciones de Simón Bolívar:

‘’Los Códigos, los Sistemas, los Estatutos por sabios que sean son obras muertas que poco influyen sobre las sociedades. Hombres virtuosos, hombres patriotas, hombres ilustrados constituyen las Repúblicas’’.

(15 de febrero de 1819)

¡Bolívar tenía razón!

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